sistema Educativo
EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL: DE LAS CORTES DE CÁDIZ A LA LEY
MOYANO
1.− Las cortes de Cádiz y el Informe de Quintana
El paso del Antiguo Régimen al orden constitucional en España
fue lento y complicado. No se logró
definitivamente hasta casi mediado el
siglo XIX, lo que terminó originando un Estado liberal muy centralista
y
estatalizador, pero muy poco liberal.
Constituidas las Cortes en Cádiz, se instaura el principio de la
soberanía nacional y se establece la división de
poderes, se procede a la
abolición del régimen señorial y se suprime el tribunal del Santo Oficio,
mientras que
se declara la libertad de imprenta entre otras medidas de
cambio. El 19 de marzo de 1812 fue proclamada
nuestra primera Constitución. Y
en ella se dedicó un título entero, el IX, a la Instrucción Pública. En él
se
mandaba abrir una escuela de primeras letras en todos los pueblos de la
Monarquía, para enseñar a leer,
escribir y contar, a la vez que las verdades
cristianas del Catecismo y una síntesis de las obligaciones civiles.
Se
creaba un organismo nacional para todos los ramos de la enseñanza, la Dirección
General de Estudios y se
decretaba la uniformidad en esa instrucción pública,
encargando a las Cortes y a la mencionada Dirección el
desarrollo de estos
artículos y la estructuración de aquella.
En la misma Constitución se insertó el artículo 25, en un título
diferente, advirtiendo a los españoles de que
desde 1830 deberán saber leer y
escribir los que de nuevo entren en el ejercicio de los derechos de
ciudadano.
Muy pronto, el Gobierno encomendó a una comisión de sabios,
presidida por Manuel José Quintana, un
documento sobre la organización de los
estudios públicos. Y así nació el Informe de la Junta creada por la
Regencia
para proponer los medios de proceder al arreglo de diversos ramos de instrucción
pública de fecha 9
de septiembre de 1813. En él se parte de que la nación ha
recobrado su soberanía y ello exige un sistema de
instrucción pública digno y
propio de un país libre. Se debía organizar una instrucción igual y
completa,
universal (a todos y de todo), uniforme, pública, gratuita y libre,
e impartirse en castellano.
Se contemplan tres niveles de enseñanza: primera, segunda y
tercera. Y se instituye una Universidad Central
en la que se cursarán todos
los conocimientos en su máximo grado. Habrá una enseñanza profesional
y
técnica, a impartirse en las Escuelas particulares. En la cúspide del
edificio del saber figuraría la Academia
Nacional, que haría las funciones de
lo que hoy denominamos Instituto de España. Al frente de toda la
instrucción
pública estaría un organismo administrativo, la Dirección General de Estudios.
Un agujero negro
destaca entre otros en este Informe, el de no contemplar a
la mujer en el sistema.
Se disponía que hubiera una escuela primaria por cada quinientos
vecinos, o una en cada pueblo si es que
aquél la podía sostener. Se indicaron
unos contenidos a impartir por esa escuela: leer con sentido, escribir
con
claridad y buena ortografía, reglas elementales de aritmética, dogmas de
la religión y máximas de buena
crianza, y los principales derechos y
obligaciones de un ciudadano.
La segunda enseñanza, concebida para preparar el entendimiento
de los discípulos para entrar en el estudio de
aquellas ciencias que son en
la vida civil objeto de una profesión liberal y para sembrar en sus ánimos
la
semilla de todos los conocimientos útiles y agradables que constituyen la
ilustración general de una nación
civilizada, pasó a ocupar un puesto muy
importante en el sistema escolar, convirtiéndose a la vez en un
poderoso
instrumento de clasismo, al servicio de la burguesía. El currículo se agrupaba
en torno a tres núcleos
de conocimientos: Física y Matemáticas (teóricos y
aplicados), Literatura y Artes y Ciencias morales y
políticas. Habría un
centro de segunda enseñanza en cada capital de provincia, que recibiría el
nombre de
Universidad de provincia.
La tercera enseñanza debería impartirse en las Universidades
mayores, que quedaban limitadas a nueve en la
Península y una en Canarias. Sus estudios se reducían a Derecho
y Teología. Los de Medicina pasaban a
estimarse como propios de Escuelas
particulares como los de Veterinaria, Farmacia, Comercio, Navegación...
En el
pleno apogeo de la competencia profesional asegurada mediante la selección
escolar, las cátedras se
otorgarían únicamente mediante oposición.
El Informe de Quintana debe mucho a Condorcet, tanto el de
Rapport como, lo más importante, el de las
Memorias, hasta el extremo de
reconocerse en el Informe que se apoya bastante en el
filósofo−matemático
francés.
Quintana recibió también la influencia de varios reformistas
españoles contemporáneos: Jovellanos, Alberto
Lista, José de Vargas y Ponce,
Menéndez Valdés, Naganes, Cabarrús, Marchena,.., tanto en sus
presupuestos
filosóficos y políticos como en algunos de sus escritos,
especialmente los que recogían intentos de organizar
la instrucción pública
en España.
En 1814 una comisión dio expresión jurídica la Informe,
convirtiéndolo en Proyecto de Decreto. Pero la
abolición del régimen
constitucional y la persecución de los liberales por Fernando VII impidió que
se
sometiera a las Cortes. Fue siete años más tarde, durante el paréntesis
del Trienio liberal, cuando su expresión
legal, como Reglamento general de
Instrucción Pública fue aprobada, reglamento que se tomó como punto
de
partida para el desarrollo del sistema y de la administración escolares en
los debates y decisiones posteriores a
1834, una vez que el liberalismo
asumió el poder de forma definitiva.
2.− Inquietudes educativas de las clases medias
A los dos años de la aprobación por las Cortes del Reglamento
general de Instrucción Pública, el Monarca
reinante y las fuerzas
reaccionarias del país, consiguieron la supresión de las Cortes de nuevo y
la
desaparición de cualquier vestigio de liberalismo, mediante las
ejecuciones, los encarcelamientos y los exilios
de decenas de miles de
españoles. Quedó suprimido también el Reglamento y todas las disposiciones
dadas
para su desarrollo y ejecución.
Los prohombres del reino estimaron positivamente el control de
la enseñanza desde la Corte, y dictaron tres
disposiciones independientes
entre sí que dejaban reguladas los tres tipos de enseñanza, el
universitario
(1824), el de Latinidad y Humanidades (1825) y el de la
enseñanza de primeras letras (1825).
Con el fallecimiento de Fernando VII a finales de 1833, y el
pacto con su viuda para defender el trono para la
heredera legitima, Isabel
II, os liberales accedieron al poder de modo definitivo. Se estrenaron
libertades
políticas que permitieron volver del exilio a miles de españoles,
se empezó a organizar la Administración
general del Estado, se sentaron las
bases de un régimen económico liberal que dio prioridad a los propietarios
y
a los empresarios, se inauguró un régimen social de clases en el que la
burguesía pasó a ocupar la dirección
de los asuntos públicos.
Es cierto que las personalidades de entonces no hablaron de
burguesía realmente, sino de clases medias que es
en realidad lo que fue la
burguesía en España durante casi todo el siglo XIX.
Fue la burguesía moderada la que configuró de un modo concreto
el sistema escolar español. Aunque la
trayectoria del moderantismo no fue
rectilínea, a ello debemos las características del mismo. Podemos afirmar
que
el sistema escolar español responde a una concepción burguesa de la educación,
desde su diseño hasta su
desarrollo. Lo más importante es que para sus
promotores la enseñanza viene a ser un asunto casi único de las
clases
poderosas. La enseñanza secundaria será el nivel de enseñanza más cuidado en su
organización, en sus
textos, en sus profesores, en su currículo, en su
financiación.
El currículo fundamental en esa enseñanza secundaria está
subordinado a los fines de la misma. Por ello las
matemáticas (aritmética y
geometría), las ciencias naturales, el latín tienen un lugar seguro. Se trata de
formar
un buen burgués que deberá saber convivir, que deberá respetar a
las autoridades civiles y religiosas, que no
deberá cometer faltas en la vida
social, que deberá moderar sus pasiones y tendencias, y en estos casos
serán
moral y urbanidad lo que debe recibir. La instrucción y formación
religiosa ocuparán un puesto importante en
su formación. Se requerirá la
presencia en el currículo de gramática, retórica, geografía e historia.
Y en una sociedad en que el género suponía otro factor de
discriminación ¿qué currículo se estimó adecuado
para la mujer? Entre una
mujer del pueblo y una mujer de la burguesía había muchas diferencias. Las
mujeres
del pueblo, tanto en áreas urbanas como en zonas rurales, podían
aspirar como mucho a asistir algún curso a la
escuela primaria, aunque
durante todo el siglo XIX en muchos pueblos fueron los mismos padres los que
no
contemplaron la necesidad de proporcionar alguna instrucción a las niñas.
Respecto a la instrucción de la
mujer burguesa lo primero que hay que tener
en cuenta es el papel que aquellas gentes le asignaban en la
sociedad: la de
ser madre de buenos burgueses; la de saber alternar en sociedad pero sin
participar en debates
o decisiones. A la mujer se le imparte una instrucción
primaria elemental, con un currículo distinto al de los
niños, porque está
centrado en su preparación como futura ama de casa; y posteriormente se le
proporcionará
una mezcla de habilidades y ligeros saberes que pueden quedar
recogidos bajo la expresión española de
cultura general.
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