martes, 27 de noviembre de 2012

sistema Educativo

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EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL: DE LAS CORTES DE CÁDIZ A LA LEY MOYANO

1.− Las cortes de Cádiz y el Informe de Quintana

El paso del Antiguo Régimen al orden constitucional en España fue lento y complicado. No se logró
definitivamente hasta casi mediado el siglo XIX, lo que terminó originando un Estado liberal muy centralista
y estatalizador, pero muy poco liberal.

Constituidas las Cortes en Cádiz, se instaura el principio de la soberanía nacional y se establece la división de
poderes, se procede a la abolición del régimen señorial y se suprime el tribunal del Santo Oficio, mientras que
se declara la libertad de imprenta entre otras medidas de cambio. El 19 de marzo de 1812 fue proclamada
nuestra primera Constitución. Y en ella se dedicó un título entero, el IX, a la Instrucción Pública. En él se
mandaba abrir una escuela de primeras letras en todos los pueblos de la Monarquía, para enseñar a leer,
escribir y contar, a la vez que las verdades cristianas del Catecismo y una síntesis de las obligaciones civiles.
Se creaba un organismo nacional para todos los ramos de la enseñanza, la Dirección General de Estudios y se
decretaba la uniformidad en esa instrucción pública, encargando a las Cortes y a la mencionada Dirección el
desarrollo de estos artículos y la estructuración de aquella.

En la misma Constitución se insertó el artículo 25, en un título diferente, advirtiendo a los españoles de que
desde 1830 deberán saber leer y escribir los que de nuevo entren en el ejercicio de los derechos de ciudadano.

Muy pronto, el Gobierno encomendó a una comisión de sabios, presidida por Manuel José Quintana, un
documento sobre la organización de los estudios públicos. Y así nació el Informe de la Junta creada por la
Regencia para proponer los medios de proceder al arreglo de diversos ramos de instrucción pública de fecha 9
de septiembre de 1813. En él se parte de que la nación ha recobrado su soberanía y ello exige un sistema de
instrucción pública digno y propio de un país libre. Se debía organizar una instrucción igual y completa,
universal (a todos y de todo), uniforme, pública, gratuita y libre, e impartirse en castellano.

Se contemplan tres niveles de enseñanza: primera, segunda y tercera. Y se instituye una Universidad Central
en la que se cursarán todos los conocimientos en su máximo grado. Habrá una enseñanza profesional y
técnica, a impartirse en las Escuelas particulares. En la cúspide del edificio del saber figuraría la Academia
Nacional, que haría las funciones de lo que hoy denominamos Instituto de España. Al frente de toda la
instrucción pública estaría un organismo administrativo, la Dirección General de Estudios. Un agujero negro
destaca entre otros en este Informe, el de no contemplar a la mujer en el sistema.

Se disponía que hubiera una escuela primaria por cada quinientos vecinos, o una en cada pueblo si es que
aquél la podía sostener. Se indicaron unos contenidos a impartir por esa escuela: leer con sentido, escribir con
claridad y buena ortografía, reglas elementales de aritmética, dogmas de la religión y máximas de buena
crianza, y los principales derechos y obligaciones de un ciudadano.

La segunda enseñanza, concebida para preparar el entendimiento de los discípulos para entrar en el estudio de
aquellas ciencias que son en la vida civil objeto de una profesión liberal y para sembrar en sus ánimos la
semilla de todos los conocimientos útiles y agradables que constituyen la ilustración general de una nación
civilizada, pasó a ocupar un puesto muy importante en el sistema escolar, convirtiéndose a la vez en un
poderoso instrumento de clasismo, al servicio de la burguesía. El currículo se agrupaba en torno a tres núcleos
de conocimientos: Física y Matemáticas (teóricos y aplicados), Literatura y Artes y Ciencias morales y
políticas. Habría un centro de segunda enseñanza en cada capital de provincia, que recibiría el nombre de
Universidad de provincia.

La tercera enseñanza debería impartirse en las Universidades mayores, que quedaban limitadas a nueve en la

Península y una en Canarias. Sus estudios se reducían a Derecho y Teología. Los de Medicina pasaban a
estimarse como propios de Escuelas particulares como los de Veterinaria, Farmacia, Comercio, Navegación...
En el pleno apogeo de la competencia profesional asegurada mediante la selección escolar, las cátedras se
otorgarían únicamente mediante oposición.

El Informe de Quintana debe mucho a Condorcet, tanto el de Rapport como, lo más importante, el de las
Memorias, hasta el extremo de reconocerse en el Informe que se apoya bastante en el filósofo−matemático
francés.

Quintana recibió también la influencia de varios reformistas españoles contemporáneos: Jovellanos, Alberto
Lista, José de Vargas y Ponce, Menéndez Valdés, Naganes, Cabarrús, Marchena,.., tanto en sus presupuestos
filosóficos y políticos como en algunos de sus escritos, especialmente los que recogían intentos de organizar
la instrucción pública en España.

En 1814 una comisión dio expresión jurídica la Informe, convirtiéndolo en Proyecto de Decreto. Pero la
abolición del régimen constitucional y la persecución de los liberales por Fernando VII impidió que se
sometiera a las Cortes. Fue siete años más tarde, durante el paréntesis del Trienio liberal, cuando su expresión
legal, como Reglamento general de Instrucción Pública fue aprobada, reglamento que se tomó como punto de
partida para el desarrollo del sistema y de la administración escolares en los debates y decisiones posteriores a
1834, una vez que el liberalismo asumió el poder de forma definitiva.

2.− Inquietudes educativas de las clases medias

A los dos años de la aprobación por las Cortes del Reglamento general de Instrucción Pública, el Monarca
reinante y las fuerzas reaccionarias del país, consiguieron la supresión de las Cortes de nuevo y la
desaparición de cualquier vestigio de liberalismo, mediante las ejecuciones, los encarcelamientos y los exilios
de decenas de miles de españoles. Quedó suprimido también el Reglamento y todas las disposiciones dadas
para su desarrollo y ejecución.

Los prohombres del reino estimaron positivamente el control de la enseñanza desde la Corte, y dictaron tres
disposiciones independientes entre sí que dejaban reguladas los tres tipos de enseñanza, el universitario
(1824), el de Latinidad y Humanidades (1825) y el de la enseñanza de primeras letras (1825).

Con el fallecimiento de Fernando VII a finales de 1833, y el pacto con su viuda para defender el trono para la
heredera legitima, Isabel II, os liberales accedieron al poder de modo definitivo. Se estrenaron libertades
políticas que permitieron volver del exilio a miles de españoles, se empezó a organizar la Administración
general del Estado, se sentaron las bases de un régimen económico liberal que dio prioridad a los propietarios
y a los empresarios, se inauguró un régimen social de clases en el que la burguesía pasó a ocupar la dirección
de los asuntos públicos.

Es cierto que las personalidades de entonces no hablaron de burguesía realmente, sino de clases medias que es
en realidad lo que fue la burguesía en España durante casi todo el siglo XIX.

Fue la burguesía moderada la que configuró de un modo concreto el sistema escolar español. Aunque la
trayectoria del moderantismo no fue rectilínea, a ello debemos las características del mismo. Podemos afirmar
que el sistema escolar español responde a una concepción burguesa de la educación, desde su diseño hasta su
desarrollo. Lo más importante es que para sus promotores la enseñanza viene a ser un asunto casi único de las
clases poderosas. La enseñanza secundaria será el nivel de enseñanza más cuidado en su organización, en sus
textos, en sus profesores, en su currículo, en su financiación.

El currículo fundamental en esa enseñanza secundaria está subordinado a los fines de la misma. Por ello las
matemáticas (aritmética y geometría), las ciencias naturales, el latín tienen un lugar seguro. Se trata de formar

un buen burgués que deberá saber convivir, que deberá respetar a las autoridades civiles y religiosas, que no
deberá cometer faltas en la vida social, que deberá moderar sus pasiones y tendencias, y en estos casos serán
moral y urbanidad lo que debe recibir. La instrucción y formación religiosa ocuparán un puesto importante en
su formación. Se requerirá la presencia en el currículo de gramática, retórica, geografía e historia.

Y en una sociedad en que el género suponía otro factor de discriminación ¿qué currículo se estimó adecuado
para la mujer? Entre una mujer del pueblo y una mujer de la burguesía había muchas diferencias. Las mujeres
del pueblo, tanto en áreas urbanas como en zonas rurales, podían aspirar como mucho a asistir algún curso a la
escuela primaria, aunque durante todo el siglo XIX en muchos pueblos fueron los mismos padres los que no
contemplaron la necesidad de proporcionar alguna instrucción a las niñas. Respecto a la instrucción de la
mujer burguesa lo primero que hay que tener en cuenta es el papel que aquellas gentes le asignaban en la
sociedad: la de ser madre de buenos burgueses; la de saber alternar en sociedad pero sin participar en debates
o decisiones. A la mujer se le imparte una instrucción primaria elemental, con un currículo distinto al de los
niños, porque está centrado en su preparación como futura ama de casa; y posteriormente se le proporcionará
una mezcla de habilidades y ligeros saberes que pueden quedar recogidos bajo la expresión española de
cultura general.

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